i) dos luces rojas todo horizonte en línea vertical, en el lugar más visible;
ii) dos bolas o marcas similares en línea vertical, en el lugar más visible;
![](https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi63McnWa1h888SyZbDp9DzNPedBCN90YvfCkgiVUYdSFHWwC-BaUybJv9dJlMrWgGE1UsRGgAkA5VdUS3-4zITqxM31a7mDfvs7B9DXQ08xbu4BoffAcHfoOhR0h4vp41q-491qf2jE9c/s320/regla-27-1.jpg)
![](https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhcesck_kHzoYNZJjXXcWJV8IZCiS9ShdrgiCWkApEcpEpLaxpSTbv1bGRxLuZDTkiTCiUazlDm0yHYAt8eR2TvRcMSmFgJ3GP6mAevozbzr1T_N500z4LOuSeM3BgmggrmrqemGSzVL1M/s320/regla-27-2.jpg)
i) tres luces todo horizonte en línea vertical, en el lugar más visible. La más elevada y la más baja de estas luces serán rojas y la luz central será blanca;
ii) tres marcas en línea vertical en el lugar más visible. La más elevada y la más baja de estas marcas serán bolas y la marca central será bicónica;
iii) cuando vayan con arrancada, además de las luces prescritas en el apartado i), una o varias luces de tope, luces de costado y una luz de alcance;
iv) cuando estén fondeados, además de las luces o marcas prescritas en los apartados i) y ii) las luces o marcas prescritas en la Regla 30.
![](https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjZI3IQlFZ_f0Snm9aDNU7c44yJMOE1hzuA7vx0z4shzUjo2cNC25VG2dqqkiU-KU6DJ1oOiho3cSDsujtnCQ7VcxOxmA65ivRYtz6ebyILr3Nwhgnt_aZ_Njq4eErh6kBta1SSf6EYpLI/s320/regla-27-5.jpg)
d) Los buques dedicados a operaciones de dragado o submarinas que tengan su capacidad de maniobra restringida exhibirán las luces y marcas prescritas en los apartados i), ii) y iii) del párrafo b) de esta Regla y, cuando haya una obstrucción, exhibirán además:
i) dos luces rojas todo horizonte o dos bolas en línea vertical para indicar la banda por la que se encuentra la obstrucción;
ii) dos luces verdes todo horizonte o dos marcas bicónicas en línea vertical para indicar la banda por la que puede pasar otro buque;
iii) cuando estén fondeados, las luces o marcas prescritas en este párrafo en lugar de las luces o mareas prescritas en la Regla 30.
e) Cuando debido a las dimensiones del buque dedicado a operaciones de buceo resulte imposible exhibir todas las luces y marcas prescritas en el párrafo d) de esta Regla, se exhibirán:
i) tres luces todo horizonte en línea vertical, en el lugar más visible. La más alta y la más baja de esas luces serán rojas y la luz central será blanca;
ii) una reproducción en material rígido y de altura no inferior a un metro de la bandera "A" del Código Internacional. Se tomarán medidas para garantizar su visibilidad en todo el horizonte.
f) Los buques dedicados a operaciones de limpieza de minas, además de las luces prescritas para los buques de propulsión mecánica en la Regla 23 o de las luces o marcas prescritas en la Regla 30 para los buques fondeados, según proceda, exhibirán tres luces verdes todo horizonte o tres bolas. Una de estas luces o marcas se exhibirá en la parte superior del palo de más a proa y las otras dos una en cada uno de los penoles de la verga de dicho palo. Estas luces o marcas indican que es peligroso para otro buque acercarse a menos de 1000 metros por la popa del buque dedicado a limpieza de minas.
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