martes, 6 de marzo de 2012

Novedades legislativas para los titulso de recreo: CONVALIDACIONES

Buenos dias a todos!!.


Ha habido novedades en cuanto a CONVALIDACIONES, en el tema de los EXAMENES DE TITULACIONES DE RECREO...Vamos a intentar desglosar en diferentes post los cambios que ha supuesto la resolucion del 15/dic 2011, que publicó la DGMM el pasado enero. En este, nos vamos a centrar en las convalidaciones, que e sun tema que interesa a mucha gente.



A destacar, que se peuden convalidar asignaturas sueltas de diferentes titulos, y trozos parciales del temario. Vamos a verlo paso a paso, y cualquier duda, comentad!!!!



Convalidaciones.



Para obtener el CAPITAN DE YATE (habilitado a vela) se pueden presentar los siguientes titulos:



Capitán de la Marina Mercante, Pilotos de 1.ª y 2.ª de la Marina Mercante, Patrón de Altura, Capitán de Pesca, Patrón Mayor de Cabotaje, Patrón de Pesca de Altura, Licenciados Náutica y Transporte Marítimo o de Marina Civil sección Náutica, Diplomados en Navegación Marítima o de Marina Civil sección Náutica, Técnico Superior en Navegación, Pesca y Transporte Marítimo, Alférez de Navío Cuerpo Gener al (Escala Superior). Patrón Buques Oceánicos de la Guardia Civil.
En el caso de los poseedores del título de Licenciado y Diplomado, tienen que presentar certificación de haber realizado un período de embarque de 3 días o en su lugar, el certificado de prácticas básicas de seguridad y navegación y de prácticas de radiocomunicaciones.



Para obtener el PATRON DE YATE se pueden presentar los siguientes titulos:

Patrón de Cabotaje, Patrón de 1.ª ó 2.ª de Pesca Litoral, Patrón Costero Polivalente, Patrón de Litoral, Alféreces de Fragata del Cuerpo General (Escala Superior), Alféreces de Fragata del Cuerpo General (Escala de Oficiales), Técnico en Pesca y Transporte Marítimo, Alféreces del Cuerpo de Infantería de Marina (Escala Superior), Alféreces del Cuerpo de Intendencia (Escala Superior) con plan de est udios de cinco años en la Escuela Naval Militar, Alférez de Fragata del Cuerpo de Especialistas de la especialidad de Maniobra y Navegación, Alférez de Fragata del Cuerpo de Especialistas de la especialidad de Operaciones, Alférez de Fragata del Cuerpo de Especialistas de la especialidad de Armas, Suboficiales de la Armada de la especialidad de Maniobra y Navegación, Patrón del Servicio Marítimo de la Guardia Civil.
El personal procedente del Cuerpo de Intendencia tiene que haber realizado estudios en la Escuela Naval Militar a través del correspondiente certificado.



Están habilitados a Vela los siguientes títulos: -Alféreces de Fragata del Cuerpo General (Escala Superior). -Alféreces de Fragata del Cuerpo General (Escala de Oficiales). -Alféreces del Cuerpo de Infantería de Marina (Escala Superior). -Alféreces del Cuerpo de Intendencia (Escala Superior) con plan de estudios de cinco años en la Escuela Naval Militar. -Alféreces de Fragata del Cuerpo de Especialistas de las especialidades de Maniobra y Navegación, Operaciones y Armas. -Suboficiales de la Armada de la especialidad de Maniobra y Navegación .




Para obtener el PATRON DE RECREO se pueden presentar los siguientes titulos:



Jefes de Máquinas de la Marina Mercante, Oficial de Máquinas de 1.ª ó 2.ª de la Marina Mercante, Oficiales Radioelectrónicos de Primera o de Segunda de la Marina Mercante, Licenciados o Diplomados en Maquinas Navales o Marina Civil, sección Máquinas, Licenciados o Diplomados en Radioelectrónica Naval o Marina Civil sección Radioelectrónica, Técnico Superior en Supervisión y Control de Máquinas e I nstalaciones del Buque, Patrón Portuario, Patrón de Tráfico Interior, Patrón Local de Pesca, Patrón de Pesca Local, Mecánico Mayor Naval, Mecánico Naval Mayor, Mecánico Naval, Mecánico Naval de 1.ª ó 2.ª, Alféreces del Cuerpo de Infantería de Marina (Escala de Oficiales), Alféreces de Fragata (Militares de Complemento de la Armada) adscritos al Cuerpo General y al Cuerpo de Especialistas de las es pecialidades de Maniobra y Navegación, Operaciones y Armas, Guardiamarinas de 1.º de los Cuerpos General y de Infantería de Marina (Escala Superior y de Oficiales), Cabos Primeros de la Armada de la especialidad de Maniobra y Navegación, Marinero Servicio Marítimo de la Guardia Civil.

1. En el caso de los poseedores del título de Licenciado y Diplomado, tienen que presentar certificación de haber realizado un período de embarque de 3 días o en su lugar, el certificado de prácticas básicas de seguridad y navegación y de prácticas de radiocomunicaciones.



2. Están habilitados a Vela los siguientes títulos:-Alféreces del Cuerpo de Infantería de Marina. (Escala de Oficiales).-Alféreces de Fragata (Militares de Complemento de la Armada) adscritos al Cuerpo General y al Cuerpo de Especialistas de las especialidades de Maniobra y Navegación, Operaciones y Armas.-Guardiamarinas de 1.º de los Cuerpos General y de Infantería de Marina (Escala Superior y de Oficiales).-Cabos Primeros de la Armada de la especialidad de Maniobra y Navegación.



Para obtener el PATRON DE NAVEGACION BASICA se pueden presentar los siguientes titulos:


Técnico en Operación, Control y Mantenimiento de Máquinas e Instalaciones del Buque, Alféreces de Navío del Cuerpo de Ingenieros (Escala Superior) y Alféreces de Fragata del Cuerpo de Ingenieros (Escala Técnica), Tenientes del Cuerpo de Intendencia (Escala Superior) con plan de estudios de un año en la Escuela Naval Militar, Alféreces de Fragata y Alféreces (Militares de Complemento de la Armada) excepto los adscritos al Cuerpo General y al Cuerpo de Especialistas, especialidades de Maniobra y Navegación, Operaciones y Armas, Aspirantes de 2.º de los Cuerpos General y de Infantería de Marina (Escala Superior y de Oficiales), Cabo de la Armada de la especialidad de Maniobra y Navegación, Marinero de Puente y Marineros de Máquinas de la M.M. Certificados de competencia de marinero y marinero pescador.

El personal procedente del Cuerpo de Intendencia tiene que acreditar haber realizado estudios en la Escuela Naval Militar a través del correspondiente certificado oficial.Está habilitado a Vela el siguiente título:-Cabo de la Armada de la especialidad de Maniobra y Navegación.El marinero pescador debe haber realizado un período de embarque no inferior a 6 meses, como tripulante subalterno en buques de pesca o auxiliar de acuicultura.



Los siguientes titulados, pueden convalidar sus titulos por asignaturas sueltas de algunas titulaciones de recreo, a saber:




Jefes de Máquinas de la Marina Mercante, Oficial de Máquinas de 1.ª ó 2.ª de la Marina Mercante. Licenciados o Diplomados en Maquinas Navales o Marina Civil, sección Máquinas.
Patrón de Yate.(Se convalidan todas las asignaturas, excepto Navegación y Radiocomunicaciones)



Jefes de Máquinas de la Marina Mercante, Oficial de Máquinas de 1.ª ó 2.ª de la Marina Mercante. Licenciados o Diplomados en Maquinas Navales o Marina Civil, sección Máquinas.
Capitán de Yate (Se convalidan las asignaturas de Teoría del Buque e inglés)



Oficiales Radioelectrónicos de Primera o de Segunda de la Marina Mercante.Licenciados o Diplomados en Radioelectrónica Naval o Marina Civil sección Radioelectrónica.
Patrón de Yate (Se convalidan todas las asignaturas, excepto Navegación)



Oficiales Radioelectrónicos de Primera o de Segunda de la Marina Mercante.Licenciados o Diplomados en Radioelectrónica Naval o Marina Civil sección Radioelectrónica.
Capitán de Yate.(Se convalidan las asignaturas de Meteorología, inglés y Radiocomunicaciones)



Certificado de Operador General del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima.
Capitán de Yate y Patrón de Yate.(Se convalida la asignatura de Radiocomunicaciones)




Haber aprobado al menos dos cursos lectivos de los estudios superiores de Marina Civil.
Patrón de Embarcaciones de Recreo.(Tiene que presentar certificación de la Escuela Superior de Marina Civil correspondiente, que acredite la superación de al menos dos cursos lectivos de los estudios superiores de Marina Civil, así como certificación de haber realizado un período de embarque de 3 días o en su lugar, el certificado de prácticas básicas de seguridad y navegación y de prácticas de radiocomunicaciones.)



Técnico Superior en Supervisión y Control de Máquinas e Instalaciones del Buque.
Patrón de Yate.(Se convalidan todas las asignaturas, excepto Navegación y Radiocomunicaciones.)



Técnico Superior en Supervisión y Control de Máquinas e Instalaciones del Buque.
Capitán de Yate.(Se convalidan las asignaturas de Teoría del Buque e inglés.)



Ingeniero Naval o Ingeniero Técnico Naval.
Patrón de Yate.(De la materia de Seguridad: Se convalida la parte 1.1 y 1.7 del temario.)



Ingeniero Naval o Ingeniero Técnico Naval
Capitán de Yate.(Se convalidan las asignaturas de Teoría del Buque e inglés.)



Piloto comercial de avión (PCA).Piloto de transporte de línea aérea de avión (PTLA).Mecánico de a bordo (OTV).Piloto comercial de helicóptero (PCH).Piloto de transporte de línea aérea de helicóptero (PTLAH).
Patrón de Yate.(Se convalidan las asignaturas de Meteorología y Radiocomunicaciones.)



Patrón de las embarcaciones del cuerpo de Mossos d´Esquadra y del Cuerpo de Bombers de la Generalitat de Catalunya.
Patrón de Yate.(De acuerdo al marco establecido en el convenio de colaboración entre la Dirección General de la Marina Mercante y el Instituto de Seguridad Pública de Cataluña, de 6 de mayo de 2010, para la formalización de los estudios náuticos que deben realizar el Cuerpo de Mozos de Escuadra y el Cuerpo de Bomberos de la Generalitat de Cataluña para el gobierno de sus embarcaciones en las aguas marítimas de su competencia.)

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